miércoles, 24 de mayo de 2017

Obligaciones y Derechos recogidos en la PRL


Por todos es sabido que los empresarios tienen la obligación de proteger a sus trabajadores frente a los posibles riesgos que se puedan originar durante su ejercicio profesional, pero como trabajadores que somos (o seremos) conocemos bien nuestros derechos y obligaciones en el ámbito de la prevención laboral?

Los trabajadores tenemos derecho a tener una protección eficaz en materia de salud y seguridad en el trabajo, y esto se traduce en que debemos ser informados de los riesgos que existen en nuestro lugar de trabajo, de las medidas de protección y prevención que se aplican y de las medidas a tomar en casos de emergencia.

Además, se nos debe formar en materia preventiva, tanto de forma teórica como práctica, siempre que se cambien las condiciones de trabajo y en el momento de contratación.  El empresario también debe ofrecer a sus trabajadores una protección especial siempre que: 
  • el trabajador sea especialmente sensible a determinados riesgos
  • se encuentre en situación de embarazo, maternidad o parto reciente
  • sea menor de 18 años.


Pero debemos recordar que nosotros como trabajadores también tenemos una responsabilidad en la prevención de riesgos de nuestra empresa, y esta es la de velar por nuestra propia seguridad y la de nuestros compañeros. Por tanto, debemos utilizar adecuadamente las máquinas, aparatos y herramientas con los que trabajemos, así como utilizar los equipos de protección que sean necesarios e informar de cualquier situación que pueda implicar un riesgo para la propia salud y la de los demás trabajadores. 

Cabe añadir que el hecho de no cumplir alguna de estas obligaciones tiene consideración de incumplimiento laboral según se recoge en el Estatuto de los Trabajadores y por lo tanto, debemos tener muy claro que la prevención de riesgos laborales no es sólo responsabilidad de los empresarios; es un tema que nos afecta a todos y del que también todos somos responsables, en  menor o mayor medida.


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